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miércoles, 10 de septiembre de 2014

NUEVOS BENEFICIOS PARA LOS CONTRIBUYENTES DEL RIF



NUEVOS BENEFICIOS PARA LOS CONTRIBUYENTES DEL RIF
El SAT dio a conocer a través de su portal de Internet ciertos beneficios para los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal en relación a la obtención de créditos para la vivienda y el consumo, financiamientos para su empresa, apoyos para su negocio, así como de salud y de seguridad social. Con ello se busca que las personas que se encuentran en la informalidad se inscriban al RFC bajo este régimen y obtengan los beneficios de la formalidad.
Los beneficios que se dan a conocer para el RIF son:
  • Exentos del pago del IVA e IEPS.- Se prevé que a partir de 2015 los contribuyentes del RIF que obtengan ingresos de hasta $100,000 anuales, realicen operaciones con el público en general, entrarán en un régimen simplificado por el que no estarán obligados a efectuar el pago del IVA y el IEPS.
  • Crédito para la vivienda.- Los contribuyentes del RIF podrán solicitar créditos para la vivienda ante el Infonavit, o por la Sociedad Hipotecaria Federal. Dentro de los beneficios que se tienen al solicitar este tipo de créditos es que el Gobierno Federal otorgará un subsidio de una parte de los pagos hipotecarios.
  • Crédito al consumo.- Los contribuyentes del RIF que además obtengan ingresos por salarios tendrán el beneficio de recibir créditos para la adquisición de bienes y servicios como: muebles y electrodomésticos, paquetes turísticos, atención médica, entre otros. En este tipo de créditos los contribuyentes del RIF podrán obtener tasas desde el 10%, plazo de 90 días para realizar el primer pago, entre otros beneficios.
  • Financiamiento para tu empresa.- Al ser del RIF, los contribuyentes podrán obtener créditos de hasta $300,000 para invertirlo en sus negocios, a través de Nacional Financiera, con una tasa preferencial.
  • Apoyo para tu negocio.- Los contribuyentes del RIF podrán acudir a BANSEFI para obtener una cuenta bancaria en la que se entregarán $2,000 en una tarjeta de débito, para la adquisición de mobiliario y equipo, mercancía, entre otros. Así mismo, Instituto Nacional del Emprendedor reintegrará $2,000 de las adquisiciones realizados por los contribuyentes del RIF, por los mismos conceptos.
  • Salud y de seguridad social.- Al ser contribuyente del RIF podrán inscribirse al IMSS pagando una cuota preferencial que contienen descuentos de hasta por 10 años, teniendo derecho al servicio de enfermedades y maternidad, invalidez y vida, retiro y vejez, entre otros, así como sus familiares.

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